Empleadores
En los períodos de huelga o suspensión temporal del contrato de trabajo por alguna de las causales contempladas en el artículo 51 del Código Sustantivo del Trabajo, no habrá lugar al pago de los aportes por parte del afiliado, pero sí de los correspondientes al empleador los cuales se efectuarán con base en el último salario base reportado con anterioridad a la huelga o a la suspensión temporal del contrato.
Las prestaciones sociales son beneficios legales que el empleador debe pagar oportunamente a sus trabajadores adicionalmente al salario ordinario, para atender necesidades o cubrir riesgos originados durante el desarrollo de su actividad laboral, por tal razón por ahora no se realizan acuerdos de pago.
Se expide certificado donde se indica que las deudas reales y presuntas se encuentran en ceros. Esta solicitud se puede realizar a través de una oficina, mediante correo electrónico o en nuestro contact center.
Las novedades de ingreso, retiro u otras, se pueden registrar por medio del operador de pagos sobre el cual la empresa gestiona los aportes al sistema de seguridad social.
El empleador debe crear su empresa en Colfondos para poder realizar el pago de los aportes en Pensión obligatoria y Cesantías de su empleado mediante el formato de hoja de vida empresa COLF- VCO-011, adicionalmente debe informar la novedad de ingreso del nuevo trabajador en su proceso de liquidación de aportes.
Si la empresa cuenta con asesor asignado para atender la solicitud se puede hacer uso del servicio. Tener en cuenta las siguientes posibilidades según sea el caso: 1. Si la empresa no está afiliada a COLFONDOS, debe hacer el proceso de afiliación a través de una oficina corporativa (revisar documentos de afiliación empresa) antes de proceder con la afiliación para los empleados. 2. Luego de la afiliación de la empresa, llamar al contact center donde le indicarán el procedimiento a seguir para afiliación de los trabajadores que puede ser a través de asignación de asesor o en su defecto con la presentación personal de los colaboradores para ejecutar el proceso. Recordar que si los colaboradores ya se encuentran afiliados a COLFONDOS únicamente se debe registrar novedad de ingreso en el operador de pago sin requerir de nuevo un proceso de afiliación.
No es necesario afiliarlo nuevamente; cuando se realice el primer pago a través del operador de información se debe ingresar a la planilla del periodo que se esté liquidando y reportar la novedad de ingreso.
La inmovilización de las cesantías se presenta cuando el afiliado se postula a un subsidio de vivienda con una caja de compensación. Para inmovilizarlas se adjunta fotocopia de la cedula y formato de inmovilización a nombre de la caja y el valor solicitado. El formato de inmovilización se puede obtener en cualquier oficina de Colfondos.
Actualmente Colfondos puede realizar el pago de las mesadas pensionales a cualquier entidad financiera adscrita a la red ACH. Sin embargo con el Banco de Bogotá existe un convenio para el pago de mesadas pensionales, el cual beneficia a los pensionados porque no tienen cuota de manejo de tarjeta débito y no exige monto mínimo de apertura ni de saldo.
Para Retiros parciales para Vivienda: remodelación, compra, pago de impuestos. - Carta del empleador con la siguiente Información: Original, dirigida a Colfondos, que contenga nombre del afiliado, Numero de c.c. concepto del retiro, valor autorizado para retirar y la afirmación del empleador de verificar la adecuada destinación del retiro. - Formulario de solicitud de retiro diligenciado - Copia de Cedula del afiliado Para Retiros Parciales para Educación Este retiro se puede realizar para gastos de matrícula del cónyuge, compañero (a) permanente y de los hijos, sólo para establecimientos de educación superior reconocidos por el Estado, así como para programas de educación para el trabajo y el desarrollo humano, y se debe presentar la siguiente documentación: - Comprobante de pago original de la matrícula y copia sin cancelar, ya que el cheque sale a nombre de la entidad educativa. Cuando el retiro sea para un integrante del grupo familiar del afiliado, es necesario que se demuestre la calidad de beneficiario, así: - Hijos: presentación del registro civil de nacimiento. - Cónyuge: Registro Civil de Matrimonio. - Compañero(a): Declaraciones extra juicio, debe contener la nota de vigencia ante notario con la fecha actualizada. - Formulario de solicitud de retiro diligenciado. - Copia de Cédula del afiliado Para Retiros parciales para préstamos del ICETEX Factura del ICETEX donde conste el valor a pagar y documento que lo acredite como afiliado o beneficiario de nuestro afiliado así: Cuando el retiro sea para un integrante del grupo familiar del afiliado, es necesario que se demuestre la calidad de beneficiario, así: - Hijos: presentación del registro civil de nacimiento. - Cónyuge: Registro Civil de Matrimonio. - Compañero(a): Declaraciones extra juicio, debe contener la nota de vigencia ante notario con la fecha actualizada. - Formulario de solicitud de retiro diligenciado - Copia de Cedula del afiliado Para Retiros Totales por Terminación de Contrato Cualquier prueba documental que acredite la terminación del contrato de trabajo como Carta del empleador dirigida a Colfondos o Certificado de terminación de contrato elaborado por la empresa, donde figure el nombre del afiliado, número de identificación y la fecha de terminación de la relación., copia de la liquidación de prestaciones sociales, etc. - Formulario de solicitud de retiro diligenciado - Copia de Cedula del afiliado Para Retiros totales por Servicio Militar - Comunicación elaborada por la empresa donde se exprese dicha circunstancia, documento de identidad en original y otro documento que acredite la veracidad del mismo. - Formulario de solicitud de retiro diligenciado . Copia de Cedula del afiliado
Para el caso de vejez, quienes a las edades previstas en la ley 100 no hayan cotizado el número mínimo de semanas exigidas, no hayan acumulado el capital necesario para financiar una pensión por lo menos igual al salario mínimo anual legal vigente y no tengan derecho a la garantía de pensión mínima, tendrán derecho a la devolución del capital acumulado en su cuenta de ahorro individual, incluidos los rendimientos financieros y el valor del bono pensional, si a este hubiere lugar, o a continuar cotizando hasta alcanzar el derecho. También habrá derecho a la devolución de saldos en el caso de fallecer o invalidarse el afiliado y no reunir los requisitos para que se causen las respectivas pensiones o en el caso de invalidarse o fallecer el mismo por un accidente de trabajo o enfermedad profesional.
Si, las personas que laboran en el Servicio Doméstico (labores del hogar, niñeras, choferes, mayordomos) tienen derecho al pago de sus cesantías como cualquier otro trabajador. La Corte Constitucional en varios fallos ha resguardado los derechos de estos trabajadores, de tal manera que el servicio doméstico debe liquidársele Cesantías sobre la base de 1 s.m.m.l.v. y nunca sobre un salario inferior si la persona labora interna o al día con un total de 48 horas a la semana. Si labora media jornada o un par de días a la semana, se liquidarán proporcional al tiempo laborado pero el salario base para la liquidación no podrá ser inferior a 1 s.m.m.l.v.
Se puede generar deuda real si los rendimientos del fondo que recibió los aportes son inferiores a los rendimientos que se hubieran generado en Colfondos. Los intereses moratorios se pueden generar por diversas causas, entre ellas por ejemplo, por pago tardío, por pago inferior al aporte mínimo o por no cancelarse el aporte correspondiente al fondo de solidaridad pensional.
Retiros para compra de Vivienda con Financiación Copia de la Promesa de Compraventa registrada en notaría en la que se evidencie lo siguiente: - Que el afiliado figure como adquirente o comprador de inmueble. - Que la adquisición de vivienda se efectúe a partir del 1º de enero de 2007. - Que objeto de la promesa sea la compra de vivienda nueva o usada. - Que en la cláusula de precio y forma de pago, se indique expresamente el monto a pagar con cargo a los aportes del Fondo de Pensiones Class Inversión de Colfondos, NIT. 830.070.784-6. Se debe igualmente indicar la financiación con la entidad otorgante del crédito en concordancia con la certificación. - Si en la promesa de compraventa existen varios vendedores, en la misma se debe indicar a quien se le debe girar los recursos. Certificado de crédito pre-aprobado de la entidad que va a financiar la compra de vivienda sea o no vigilada por la Superintendencia Financiera, en la que se evidencie: - Beneficiario del crédito (nombres y apellidos y documento de identificación del afiliado). - Monto pre-Aprobado. - El crédito pre-aprobado también puede ser de Leasing Habitacional, por tratarse de un mecanismo de financiación. - Formato de retiro debidamente diligenciado. - Fotocopia de la cédula de ciudadanía Retiros para compra de Vivienda sin Financiación. Copia de la Escritura de Compraventa registrada en notaría en la que se evidencie lo siguiente: - Que el afiliado figure como adquirente. - Que la adquisición de vivienda se efectúe a partir del 1º de enero de 2007. - Que objeto de la Escritura sea la compra de vivienda nueva o usada. - Que en la cláusula de precio y forma de pago, se indique expresamente el monto a pagar con cargo a los aportes del Fondo de Pensiones Class Inversión de Colfondos, NIT. 830.070.784-6. - Si en la escritura de compraventa existen varios vendedores, se debe indicar a quien se le debe girar los recursos. - Formato de retiro debidamente diligenciado. - Fotocopia de la cédula de ciudadanía. Retiros para compra de vivienda para amortización de crédito Copia del contrato de la escritura pública de compraventa registrada en notaría, en el que se evidencie lo siguiente: - Que el afiliado figure como propietario. - Que la fecha de firma del contrato se haya realizado con posterioridad al 1º de enero de 2007. - Que el objeto de la Escritura Pública de Compraventa corresponda a vivienda nueva o usada. - Certificado de tradición y libertad del inmueble con vigencia no mayor a un mes. - La entidad otorgante del crédito debe ser vigilada por la Superintendencia Financiera. - Certificado expedido por la entidad financiera otorgante del crédito, en el que se evidencie: Beneficiario del crédito (nombres y apellidos y número de identificación del Afiliado). - Fecha de desembolso del crédito. - Saldo a la fecha de solicitud del retiro. - Fecha de expedición. - Formato de retiro debidamente diligenciado. - Fotocopia de la cédula de ciudadanía
Colfondos efectuará su reconocimiento y pago, previo reconocimiento que efectué la aseguradora con la cual tiene contratado el seguro de invalidez y de sobrevivencia, siempre y cuando el afiliado cumpla con los requisitos previstos el Decreto 19 de 2012, es decir, siempre que exista concepto favorable de rehabilitación emitido por el médico tratante y se postergue el trámite de calificación de invalidez del afiliado.
No, los aportes obligatorios no se pueden retirar, ya que estos recursos tienen fines únicamente pensiónales, de manera que sólo podrán destinarse al pago de las prestaciones previstas por el sistema de seguridad social, es decir, pensión de vejez, invalidez, sobrevivencia o devolución de saldos si no se cumplen los requisitos para obtener estas pensiones. Únicamente podrán retirarse los aportes voluntarios efectuados, solicitando su retiro con seis meses de antelación.
El saldo de la cuenta del afiliado que fallece hace parte de su masa sucesoral y será entregada a los herederos.
No todos los trabajadores, por ejemplo a quienes se les aplica el régimen de salario integral (más de 10 s.m.l.v) no tienen este derecho.
El trabajador independiente puede ahorrar voluntariamente en un fondo de cesantías con el fin de tener un ahorro para cuando no tenga empleo.
¿Sabías que?
Fortaleciendo tu equipo de trabajo
Visita nuestra sección de empresas y encuentra información de apoyo para el personal de tu empresa
Si continuas navegando, consideramos que aceptas el uso que el portal web, propiedad de Colfondos Pensiones y Cesantías S.A., hace uso de Cookies para mejorar la navegación y el uso de los servicios habilitados en la página. Para conocer nuestra política de cookies, haz clic aquí