Pensión de vejez por garantía mínima
Pensión garantía mínima
Garantía de pensión mínima de vejez
Si llegaste a la edad de pensión, 57 años si eres mujer y 62 si eres hombre, y no cuentas con el capital suficiente para acceder a la Pensión de Vejez, no te preocupes, tienes derecho a que el Gobierno nacional, en desarrollo del principio de solidaridad, te complete la parte que hace falta para obtener dicha pensión a través del Fondo de Garantía de Pensión Mínima.
¿Qué requisitos debes cumplir?
Debes cumplir con tres requisitos para acceder a este beneficio:
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Tener 57 años de edad, si eres mujer; o 62 años, si eres hombre.
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Haber cotizado mínimo, 1150 semanas.
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No contar con ingresos permanentes.
Si esta es tu situación, Colfondos enviará tu caso al Ministerio de Hacienda para que evalúe el reconocimiento a la garantía de pensión mínima de vejez.
La Garantía de Pensión Mínima no aplica en los siguientes casos:
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Si eres beneficiario de una pensión de sobrevivencia o asignación de sueldo de retiro.
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Si eres dueño o socio de una empresa donde a través del certificado de un contador y Declaración de renta se demuestren ingresos superiores al salario mínimo vigente.
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Si eres propietario de un bien inmueble y recibes ingresos por arrendamiento superiores al salario mínimo legal vigente, certificado por un contador
Si deseas conocer los pasos para acceder a este beneficio pensional has clic aquí
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